16/05/2016
Fue anunciado en el boletín oficial de este lunes. La norma había sido impuesta en 2010 por el gobierno de Cristina Fernández.
Los medios de comunicación radiales y televisivos ya no tendrán que marcar el inicio y finalización de la tanda publicitaria, ya que el artículo de la Ley de Medios que indicaba su obligatoriedad, fue derogado este lunes.
El decreto que indica la decisión, “casualmente” lleva el número 678, mismo nombre que llevaba el programa televisivo que defendía la gestión kirchnerista.
La norma regía desde el año 2010 y fue impuesta por el anterior gobierno de Cristina Fernández. La decisión de derogar el artículo se debió a que no cumple con el objetivo de «protección de la audiencia respecto del exceso de publicidad y la igualdad de los distintos prestadores en la comercialización de publicidad», se indica en el Boletín.
«Que, por ende, resulta conveniente dejar sin efecto la previsión normativa que obliga a identificar las tandas publicitarias al inicio y al final como “espacio publicitario”, sin perjuicio de las obligaciones de los licenciatarios y titulares de registros de señales de respetar la separación de la publicidad respecto de la programación y el tiempo que destinan a ella», añade.
Fuente: Día a Día