Home / Noticias / Detectan en Córdoba alimentos con Listeria: la Anmat prohibió su venta

Detectan en Córdoba alimentos con Listeria: la Anmat prohibió su venta

21/09/2018

La bacteria fue descubierta por la Dirección de Calidad Alimentaria de la Municipalidad de Córdoba. La prohibición fue dada a conocer este viernes mediante el Boletín Oficial.

A través de la disposición 168/2018, publicada en la jornada de hoy en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) notificó que prohíbe la comercialización de diferentes productos.

Se trata de los alimentos identificados como “Surtido de Hortalizas Supercongeladas” (choclo, chaucha, zanahoria y arvejas) “Mix primavera supercongelado” marca: Carrefour, RNPA N° Exp. N° 2906- 17161/14 Lote LPI 138-18 18:11, Vencimiento: 17/05/2020, Contenido Neto: 300 g., elaborado y envasado por RNE N° 02-034.268, comercializado por INC S.A., “Vegetales picaditos con pollo para tacos Supercongelados” (morrón verde, amarillo y rojo, pollo, choclo, arveja y cebolla), Relleno para tacos, marca: Maglia (alimentos Dr. Cormillot) N° de Exp. 2906-11050/16 Lote: 13518 13:18 2 Vencimiento: 14/05/2020, Contenido Neto 400 g. RNE N° 02-034.268 5- y “Espinaca Supercongelada” marca: Maglia (alimentos Dr. Cormillot) RNPA N°02-581458 Lote: 037-18 8:25, Vencimiento: 06/02/2020, Contenido Neto: 1000 g. RNE N° 02-034.268.

Las prohibiciones se dan luego de que la Dirección de Calidad Alimentaria de la Municipalidad de Córdoba informe que, en el marco del Programa de vigilancia alimentaria, habría detectado la presencia de Listeria monocitogenes en los productos.

Cabe destacar que la listeriosis es una infección grave generalmente causada por el consumo de alimentos contaminados con la bacteria Listeria monocytogenes. Se estima que 1600 personas contraen la listeriosis cada año y que aproximadamente 260 mueren por la enfermedad.

En la misma línea explicaron desde Anmat que “el retiro fue categorizado como Clase l, lo que significa que alimento posee una probabilidad razonable de que su consumo provoque consecuencias adversas graves para la salud y, por lo tanto, deberá extenderse hasta el nivel de consumidor y solicita que, en caso de detectar la comercialización de los productos anteriormente mencionados, en esa jurisdicción, proceda de acuerdo a lo establecido en el art. 1.415 del Código Alimentario Argentino, informando a esa Dirección General acerca de lo actuado”.

“El departamento Vigilancia Alimentaria pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL, solicita realizar el monitoreo del retiro de los productos por parte de la empresa y, en caso de detectar su comercialización en esa jurisdicción, proceder de acuerdo a lo establecido en el art. 1415 del Código Alimentario Argentino, concordado con los art. 2°, 9° y 11° de la Ley 18.284, informando a este Instituto acerca de lo actuado” aportaron además en el Boletín Oficial.

 

Fuente: La Nueva Mañana

Check Also

El Gobierno cerrará todas las delegaciones provinciales del ENACOM: más de 500 despidos

28/03/2024 La medida dejará resentido el servicio de control y garantía de los derechos y ...

Comentários no Facebook