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Crece el uso de motos eléctricas y se debate sobre su legalidad

10/08/2018

Las motos y bicicletas eléctricas circulan por las calles de toda la provincia de Córdoba. Además, se venden legalmente. Pero no todos los municipios las permiten: algunos hicieron ya regulaciones provisorias, otros hacen la “vista gorda” y varios directamente las prohíben.

El Gobierno nacional emitió a principios de año un decreto sobre la incorporación de esos rodados a la realidad del tráfico, pero no avanzó en reglamentarlo.

En Córdoba, el Ejecutivo envió un proyecto a la Legislatura para la modificación de la Ley Provincial de Tránsito, que se aprobaría en las próximas semanas. Legisladores anticiparon que el cambio permitiría un reconocimiento a las motos y bicis a propulsión eléctrica como vehículos habilitados.

El legislador Carlos Ciprián apuntó que ese cambio permitirá dar “un paraguas” a este tipo de rodados en el territorio cordobés y armonizar la legislación provincial con la nacional.

José Escamilla, también legislador, acotó que “quedará luego, como siempre, a criterio de cada municipio si adhiere o no” a la norma provincial. “Pero hay inquietud porque el uso crece y muchas localidades quieren definir el marco”, acotó.

El proyecto propone dar cabida a los rodados eléctricos, incorporando al artículo 5 de la ley 8.560 las siguientes modificaciones:

Bicicleta. De dos a cuatro ruedas en línea, propulsada por el esfuerzo de quien la conduce, o con un motor eléctrico de hasta 0,5 kw, con posibilidad de velocidad máxima de hasta 25 kilómetros/hora.

Cuatriciclo. Cuatro ruedas, con o sin cabina, con motor a combustión o eléctrico, con potencia inferior a 15 kw y masa en vacío inferior a 400 kilogramos. En caso de uso para transporte de mercadería, puede alcanzar los 550 kilos.

Moto. Con motor eléctrico superior a 4 kw, con posibilidad de desarrollar velocidades de más de 50 kilómetros/hora. Incluye los sidecar, con tres ruedas.

Reacción dispar

Ante la aparición de rodados que no estaban legislados como vehículos, pero que se importan, venden y usan, los municipios tuvieron reacciones dispares.

En Marcos Juárez, por ejemplo, crearon un registro, se fijaron normas de circulación, y se entregaron permisos provisorios.

En Villa María, en cambio, la decisión fue prohibirlos y secuestrarlos por considerar que la ley nacional no los avala. Pero el mismo municipio otorga habilitación a comercios que venden esos vehículos dentro de la ciudad.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial sostiene que, para circular con vehículos eléctricos, uno de los requisitos es contar con licencia de conducir y la categoría habilitante. Rigen a nivel nacional los decretos 779/95 y 32/2018. Pero este último se encuentra en proceso de ser ampliado y complementado por un nuevo decreto.

Cada vehículo debería cumplir con los demás requerimientos de la ley nacional 24.449, como contar con cédula de identificación y chapa patente.

Pero cada Provincia tiene a su vez autonomía para adherir o no a las normas nacionales en tránsito.

Dos ciudades

En Marcos Juárez, el municipio informó que las motos eléctricas se deben registrar en la Oficina de Patentamiento y circular con la chapa patente identificatoria. La ordenanza, que rige desde 2013, fija que los conductores deberán contar con licencia para conducir A1 , seguro obligatorio y casco protector colocado y abrochado.

En esa ciudad de 30 mil habitantes calculan que circulan casi 100 rodados de estas características.

En Villa María hay distintas posturas, incluso dentro del oficialismo. La concejala Verónica Navarro presentó un proyecto para crear un registro municipal que identifique esos vehículos por marca, número de chasis y motor, más datos de su titular. Plantea que el municipio proporcione una matrícula u oblea identificatoria, que sólo habilitaría para circular dentro del radio urbano. También propone que puedan ser sancionados de igual modo que los ciclomotores.

Desde la oposición, Giselle Machicado propuso suspender las acciones de secuestro y multa a los rodados eléctricos hasta tanto haya una legislación específica.

Usuarios y comerciantes vienen presionando para que se legisle. Ayer, hubo un intento de la oposición de tratar el tema en el Concejo Deliberante, pero el oficialismo logró postergarlo.

A partir de una comunicación de la Agencia de Seguridad Vial, el gobierno villamariense entiende que, por más que entregue la licencia al conductor, la moto eléctrica no puede circular por no cumplir con los restantes requisitos de la ley 24.449. El argumento es que no están incluidas en el régimen nacional de la propiedad automotor ni oficialmente homologadas, y por lo tanto no las inscriben en el Registro ni acceden a la documentación obligatoria.

Eduardo Toubes tiene un local de motos eléctricas en Villa María. Cuenta que en el último año y medio vendió unas 120 en esta ciudad y región. Además, es proveedor de repuestos y baterías. Según estimó, en Villa María –de 80 mil habitantes– habría unas 300 unidades circulando.

“Se cargan como un celular, y con algo más de un peso de energía pueden andar como 40 kilómetros. No usan combustibles, aceites ni fluidos, y tienen muy poco mantenimiento”, destacó Toubes.

“La pongo a cargar cada noche, como un celular”

Una usuaria de moto eléctrica cuenta su experiencia.

Andando. Gabriela Juárez en su moto eléctrica, por las calles de Villa María. Se queja de que el municipio no las habilite. Pero la usa igual, cada día. (La Voz)

Andando. Gabriela Juárez en su moto eléctrica, por las calles de Villa María. Se queja de que el municipio no las habilite. Pero la usa igual, cada día. (La Voz)

Gabriela Juárez usa cada día una pequeña moto eléctrica para ir a su trabajo en el Sindicato de Amas de Casa, en Villa María. “Me la quitaron dos veces en controles municipales porque supuestamente no tengo la documentación para circular, pero las dos veces me la devolvieron sin que tenga que presentar los papeles. Es contradictorio”, señaló. “Me siento una delincuente en esos operativos, pero la uso igual porque la necesito para ir a trabajar”, agregó. Hace tres años que compró esa motocicleta usada. La velocidad máxima que puede desarrollar –aseguró– es de 25 kilómetros por hora. “La pongo a cargar de noche, en casa, como si fuera un teléfono celular”, comenta. Su cálculo es que le consume energía por no más de dos pesos al día.

“Pedimos que nos dejen circular con una oblea provisoria. No nos negamos a pagar un seguro ni el uso del casco. Pero queremos poder circular”, concluyó.

Fuente: La Voz del Interior

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